El Minesterio de Sanidad acaba de publicar a
través de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
(AEMPS), el borrador de la orden por la que se determinan los criterios
mínimos y el procedimiento de uso de los medicamentos homeopáticos, con
intención de regularlos y garantizar los derechos de todos los consumidores.
En este borrador se explica que está
previsto que la orden establezca criterios para evaluar la calidad,
seguridad y eficacia de los medicamentos homeopáticos que se comercializan
al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 2208/1994, de 16 de noviembre, que
considera medicamento homeopático el obtenido a partir de
sustancias denominadas "cepas homeopáticas" (sustancias de
origen animal, vegetal o químico), con arreglo a un procedimiento de
fabricación homeopático descrito en la Farmacopea Europea, o en la Real
Farmacopea Española o, en su defecto, en una farmacopea utilizada de forma
ofician en un país de la Unión Europea.
Las estimaciones son que unos 14.000
medicamentos serán regulados, acogiéndose a los dispuesto en el Real
Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, mediante un procedimiento de comunicación.
Las marcas de medicamentos
homeopáticos deberán abonar el pago de la tasa anual (unos 390 euros
para los fármacos con una indicación terapéutica determinada o de alrededor de
90 para los que no tienen una indicación específica), igual que se hace con el
resto de medicamentos autorizados y registrados. De momento, tienen tres
meses para presentar a la AEMPS la relación de medicamentos que quieren
comercializar. Transcurridos los tres meses, la AEMPS publicará un calendario
para la presentación de la documentación por parte de las compañías.
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